Con el nuevo régimen del I.V.A. con criterio de caja, aprobado en la ley de Emprendedores, a partir del 1 de enero de 2014 las empresas y autónomos que facturen menos de 2 millones de euros al año no tendrán que adelantar a Hacienda el impuesto de las facturas hasta que no sean cobradas. Sin embargo, deberán cumplir con una serie de requisitos y obligaciones para acogerse a éste nuevo régimen. Te explicamos los detalles en el siguiente vídeo.
https://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=Cz3vH18uVVE
También puedes encontrar más información en la página de la Agencia Tributaria: Picar Aquí para ir a Agencia Tributaria.
Pasos esenciales para el mantenimiento informático en pymes
El mantenimiento informático es un pilar fundamental para el buen...