¿En qué casos se aplica el régimen simplificado del IVA y cuándo el general? ¿Qué tipos de regímenes especiales existen para profesionales y empresas? ¿Qué IVA repercutir a los clientes?
En este post nos detenemos en los tipos de regímenes del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Dependiendo del sector (agricultores, industrial, servicios…) y de algunas características se aplicará el general o alguno de los especiales.
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Te lo explicamos de forma esquemática y simplificada a través de un resumen con la principal información que aporta la Agencia Tributaria:
Regímenes para empresarios individuales y profesionales
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Régimen general
Si no se da ningún caso especial, se repercutirá el IVA con un tipo aplicable del 21%, 10% o 4%.
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Regímenes especiales
Régimen simplificado
Este régimen especial se aplica a las personas físicas y a entidades en régimen de atribución de rentas que realicen ciertas actividades y que cumplan los requisitos que determina la Agencia Tributaria.
Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca
Se aplica a los propietarios de explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras. Éstos pueden renunciar a este tipo especial.
Régimen especial del recargo de equivalencia
Para los comerciantes minoristas, personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que vendan un tipo determinado de bienes (existe una lista de bienes excluidos).
Regímenes IVA para empresas y profesionales
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Régimen general de IVA
Este régimen general se aplica cuando no se pertenece a ningún grupo especial o cuando se ha renunciado al de agricultura, ganadería y pesca. El tipo aplicable puede ser 21%, 10% o 4%.
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Regímenes especiales
Régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección (REBU)
Para ciertos bienes de reventa como objetos de arte, antigüedades y objetos de colección (filatelia, numismática, especímenes…).
Régimen especial del oro de inversión
Es aplicable a las operaciones con oro de inversión que están generalmente exentas del IVA.
Régimen especial de las agencias de viajes
Para agencias de viajes, organizadores de circuitos turísticos, empresarios de este sector y minoristas que vendan viajes organizados por los mayoristas.
Regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica
Condiciones especiales aplicables a estos servicios de telecomunicaciones.
Régimen especial del grupo de entidades
Es un régimen voluntario para los grupos de entidades, es decir, el formado por una entidad dominante y sus entidades dependientes.
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Régimen especial del criterio de caja (RECC)
Los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones durante el año natural anterior no haya superado los 2.000.000 €. También aplicable a la lista anterior de empresarios individuales.
¡Y hasta aquí nuestro resumen de los tipos de regímenes de IVA! Como proveedores de sistemas informáticos para pymes te invitamos a que nos contactes para conocer cómo simplificar los procesos fiscales en tu empresa a través de un programa ERP (Enterprise Resource Planning).